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Seguro de Responsabilidad Civil Profesional

En este documento te presentamos la información relevante del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional (SRCP) para la nueva póliza 2010.

Este documento no sustituye la atenta lectura de las condiciones de la póliza, que podrás descargarte en medicoslaspalmas.es.

Te recordamos que debes presentar firmado el Boletín de Adhesión y las Cláusulas Limitativas. Si aún no lo has firmado, debes solicitarlo en Atención al Colegiado o descargarlo de la web colegial (medicoslaspalmas.es).

 

Cambios en las siguientes especialidades:

El seguro RCP de este año presenta una serie de cambios en algunas especialidades sobre los que los interesados deben estar al corriente.

  1. Ginecología y Obstetricia. En esta disciplina hay un cambio importante en la póliza de este año. Si ejerces tu profesión en esta especialidad pero reconoces que no realizas ni seguimiento de embarazos ni atención a partos, pasarás a estar incluido en el grupo 3, lo que te supondrá un ahorro de 500 euros.
  2. Oftalmología. En esta especialidad se ha producido un cambio de grupo en función de utilizar las técnicas LASIK. Así, los oftalmólogos que sí las utilicen pasan del grupo 3 al grupo 2. Si, por el contrario, no utilizas estas técnicas, se mantendrán en el grupo 
  3. Neurocirugía. En la póliza de este año pasan del grupo 3 al 2.

 

Novedades en la contratación:

Al mismo tiempo, se presentan nuevas opciones de contratar el capital máximo asegurado que pueden resultar de tu interés.

1. Capitales asegurados: Se ofrece la alternativa, a elección del colegiado asegurado, en función, una vez más, del riesgo inherente a su tipo de ejercicio profesional, de pasar de los 601.012 euros de capital máximo asegurado hasta la fecha, al doble, esto es, 1.202.024 euros evidentemente también pasando de unas tarifas a otras, cuyo incremento no es proporcional al capital asegurado.

En nuestra opinión, en algunos casos, esto será aconsejable, mientras que en otros, no estará objetivamente justificado. En cualquier caso, recuerden que, aunque se trata de una opción personal, la Asesoría Jurídica colegial está siempre a su disposición, por supuesto para ayudar a este fin.

A continuación, se detallan las primas en función del capital asegurado.

1. Primas por grupo

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2. Garantías Optativas

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3. Cobertura de los gastos de defensa:

Tras negociar con la compañía aseguradora y sin que supongan un incremento en la prima, quedan incluidos los gastos de defensa en las reclamaciones por supuesto dolo, esto es, por supuestas infracciones intencionadas, es decir malintencionadas.

Es claro que un seguro no puede dar cobertura a actos de voluntad maliciosa. Pero, si bien es cierto que esta clase de actos no suele realizarse a propósito de la práctica médica, no es menos cierto que sí se reclama por ellos con relativa frecuencia: supuestos tocamientos indebidos, supuestas desobediencias a propósito de exploraciones físicas, historias clínicas, etc.

Calendario:
Periodo de cobertura del 1 al 31 diciembre 2010
Notificación de cambios hasta el 30 diciembre 2009
Periodo pago 1º semestre entre el 11 y 14 enero 2010
Periodo pago 2º semestre entre el 1 y 5 julio 2010

 

No serán incluidos en la póliza 2010

Aquellos colegiados que no hayan materializado el pago antes del 30 de enero (te aconsejamos comprobar la confirmación del pago con tu banco).

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Asegúrate que estás incluido en el grupo de riesgo que te corresponde.

En la portada de este documento está indicado el grupo de riesgo al que perteneces ¡compruébalo!Ponte en contacto con el Colegio si has terminado el M.I.R., si tu actividad profesional hubiera variado, si nodeseas suscribirte a la nueva póliza, o si no tenías contratada la póliza 2009.

© Ilustre Colegio de Médicos de Las Palmas 928 360 001 | correo electrónico » colegio@medicoslaspalmas.es