Para una mayor agilidad organizativa, se implanta una cuota anual para la Sociedades de igual importe a la cuota de entrada que pagan en el momento de su inscripción en el Colegio.
El primer pago de la cuota anual está supeditado al mes en el que se realice la inscripción de la Sociedad. Se calculará la parte proporcional de la cuota correspondiente a los meses que queden para finalizar el año en curso. En los años sucesivos, el cobro de la cuota se realizará en el mes de enero.
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