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Definición Sociedad Profesional

Aquella sociedad que se constituye para el ejercicio en común de la actividad profesional.

Se entiende como actividad profesional, aquella para la cual se requiere:

- titulación universitaria oficial o,

- titulación profesional para cuyo ejercicio sea necesario acreditar una titulación universitaria oficial e inscripción en el correspondiente Colegio profesional.

Se entiende como actividad en común:

Todos los actos propios de la actividad profesional ejecutados directamente bajo razón o denominación social y, la imputación a la sociedad de derechos y obligaciones inherentes al ejercicio de la actividad profesional como titular de la relación jurídica establecida con el cliente.

No es una sociedad profesional:

- La sociedad de medios o de infraestructura, que son aquellas en que se comparte infraestructura y se distribuyen sus costes,

- Las sociedades de comunicación de ganancias.

- Las sociedades de intermediación, por no ser la sociedad quien contrata directamente con el cliente la prestación del servicio del profesional.

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