Todos los colegiados que estén incluidos dentro de los grupos de riesgo 3, 4 ó 5 pueden contratar la cobertura opcional de Daño Estético. Cubre los tratamientos reflejados en la cláusula anexa del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional (SRCP): tratamiento de tejido graso, de piel, los concernientes a las alteraciones circulatorias y los del cabello.
El importe que pagarán por esta cobertura suplementaria corresponde al 100% de la prima que paguen por su SRCP.