comlp.es

Para ver el menú debe instalar Flash Player
Usuario Clave  Solicitar clave
Buscar en la web: Buscar
Noticias que contengan:
en el
en la sección

Seguros del Colegio: Diferencias entre condiciones generales, especiales y particulares.

Artículo 37/68 -  << Anterior  -  Siguiente >>

Conoce las diferencias entre las condiciones generales, especiales y particulares del contrato del seguro

Condiciones generales

Reflejan el conjunto de los principios básicos establecidos por el asegurador para regular todos los contratos de seguro que emita en el mismo ramo o modalidad. En ellas se regula el nacimiento, contenido (derechos y obligaciones de las partes) y extinción del contrato.

Además de lo indicado en el concepto anterior, suelen comprender las definiciones y exclusiones que son de aplicación general.

Condiciones especiales

Estipulaciones que regulan el alcance de las garantías que proporciona el asegurador, tanto para el seguro principal como para cada una de las coberturas complementarias.

En otras palabras, por ejemplo, un seguro de accidentes podría, en contra de lo estipulado en las condiciones generales de la póliza, incluir o excluir en las condiciones especiales cierta garantía (verbigracia, se suele excluir el riesgo derivado de la práctica de la pesca submarina como aficionado).

Condiciones particulares

Reflejan los datos propios e individuales de cada contrato. Como mínimo, deben contener: la identificación de las partes contratantes y sus domicilios, así como la designación del asegurado y beneficiarios, en su caso; cuál es el riesgo asegurado, con designación de los objetos asegurados y su situación; la suma asegurada o el alcance de las coberturas; el importe de la prima, recargos legales e impuestos; fecha de vencimiento de la prima, así como el lugar y forma de pago; la duración del contrato, con expresión del día y hora en que comienzan y terminan sus efectos; y el nombre del Agente o Agentes, en el caso de su eventual intervención en el proceso de contratación.

Las condiciones particulares, junto con el resto de la documentación legal, se envían al domicilio del cliente para su formalización a través de la firma y aceptación de las mismas.

© Ilustre Colegio de Médicos de Las Palmas 928 36 25 19 | correo electrónico » comlp@comlp.es