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¿Qué necesitas para la apertura de una consulta médica privada?

Te adelantamos lo que hay que saber para abrir una consulta

En los últimos tiempos, se ha incrementado el número de preguntas acerca de los trámites necesarios para abrir una consulta médica particular. Por esa razón, el Colegio ha creado el Servicio de Gestoría. No obstante, le podemos adelantar someramente alguno de los requisitos básicos que se exigen para la apertura de su consulta.

Primero, ajustarse a la ley

El Real Decreto 225/1997 de 18 de septiembre regula la intervención de la Administración Pública Canaria que es la entidad encargada de conceder las autorizaciones (ver documento al completo en www.comlp.es).

Documentación necesaria para la solicitud de instalación

La solicitud de autorización de instalación, que irá dirigida al Director del Servicio Canario de la Salud, irá acompañada de la documentación necesaria para justificar el cumplimento de las condiciones exigidas en la normativa específica y, en su caso, la siguiente documentación:

  • Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante. Si es una persona jurídica, habrá de acreditarse la facultad con que actúan sus representantes.
  • Documento acreditativo de la propiedad o disponibilidad jurídica del centro, servicio o establecimiento.
  • Memoria descriptiva de: objetivos asistenciales, oferta de servicios, recursos humanos con categoría profesional, plan de equipamiento.
  • Documentación urbanística: cédula urbanística u otro documento sustitutorio que acredite que no existe impedimento que haga inviable o incompatible con la normativa urbanística aplicable, el uso y actividad que se solicita. Copia del proyecto suscrito por técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional, así como de la solicitud de licencia urbanística.

Documentación a aportar con la solicitud de funcionamiento:

La solicitud dirigida al Director del Servicio Canario de Salud irá acompañada de los siguientes documentos:

  • Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y, en su caso, del titular o titulares. Si es una persona jurídica, habrá de acreditarse, también, la facultad con que actúan sus representantes.
  • Documento acreditativo de la propiedad o disponibilidad jurídica del centro, servicio o establecimiento.
  • Memoria descriptiva de:    

- Oferta de servicios: Plantilla de personal por categoría profesional, certificado de colegiación del personal sanitario obligado a estarlo y, en su caso, fotocopia compulsada de la titulación académica que habilite para llevar a cabo las actividades que se han de autorizar.

- Relación detallada del equipamiento sanitario, indicando marca y modelo

- Horario y días de apertura

- Plano a escala, firmado por técnico competente, expresivo de la distribución y dimensiones de las distintas dependencias del centro.

Además de estos requisitos exigidos por la Consejería de Sanidad, existen otros:

  • Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social o alternativa mutual
  • Requisitos fiscales
  • Requisitos municipales (eventuales medidas de seguridad y protección contra incendios, etc.)
  • Sociedades Profesionales

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