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El Colegio de Médicos se opone a que los enfermeros puedan prescribir medicamentos

Artículo 76/108 -  << Anterior  -  Siguiente >>

· La legislación actual, sólo permite a los médicos la prescripción de medicamentos. No existe cobertura legal para que la enfermería pueda prescribir fármacos.

· La concesión de la capacidad de prescripción a los profesionales de enfermería no es una necesidad ni de los pacientes ni del Servicio Nacional de Salud

· No es cierto que en España actualmente los enfermeros prescriban medicamentos a los pacientes


La función principal de los colegios profesionales de médicos es velar por el correcto desarrollo del acto médico; con ello se garantiza la protección de la salud pública. Esta es la premisa que articula el presente comunicado con el que, a su vez, pretendemos evaluar la polémica surgida con la llamada “prescripción de enfermera”. Esta declaración se hace sin intenciones corporativas y sin ánimo de menoscabar a la enfermería, una profesión que cumple un papel primordial en la atención sanitaria.

Siendo así, el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Las Palmas quiere hacer las siguientes observaciones:

1. La legislación actual, sólo permite a los médicos la prescripción de medicamentos. Y, de forma muy limitada, a los odontólogos. No existe cobertura legal para que la enfermería pueda prescribir fármacos.

2. La prescripción no es un acto aislado. Es la consecuencia de un diagnóstico previo y, por tanto, el resultado de un proceso complejo desde el punto de vista técnico e intelectual. En medicina, lo que en principio aparenta ser una banalidad puede ser el inicio de un trastorno grave. Por ello, para poder ejercer la profesión, se nos exige a los médicos un mínimo de diez años de estudio y entrenamiento.

3. No es cierto que, en España y en la actualidad, los diplomados de enfermería estén prescribiendo medicamentos; y si lo hacen, no deberían hacerlo. Sí es cierto que administran fármacos tras una prescripción previa que el médico condiciona según la evolución clínica del enfermo. También es cierto que practican curas que deben estar protocolizadas previamente.

4. En la actualidad no existe una demanda social que aconseje modificar las leyes que regulan la prescripción de medicamentos. Lo que hace pensar que los intereses que rodean a esta polémica deben ser otros.

5. Creemos que todo lo referente a la salud pública debe ser manejado con exquisito cuidado y que los profesionales sanitarios no deben propiciar situaciones que puedan crear alarma social. El órdago no es la mejor vía para conseguir avances sectoriales.

6. El Colegio Oficial de Médicos de Las Palmas, como el resto de los colegios médicos de España, se opone a la llamada “prescripción enfermera” y espera que esta situación se desactive desde el sosiego y la responsabilidad.

7. No habrá ninguna otra declaración pública sobre este asunto. Por otra parte, esta institución se reserva cualquier otra acción que estime oportuna.


Fdo. La Comisión Permanente de la Junta Directiva

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