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El Colegio da las claves sobre la nueva Alternativa al RETA: Últimos días para elegir alternativa

Artículo 26/134 -  << Anterior  -  Siguiente >>

Durante el último trimestre de 2007, el Colegio de Médicos de Las Palmas ha informado a sus colegiados acerca de la nueva alternativa al RETA.

La resolución de la Dirección General de Ordenación de a Seguridad Social, publicada en el BOE el pasado 13 de agosto, especifica que los colegiados que desarrollan su actividad profesional por cuenta propia, podrán suscribirse libre y voluntariamente a la cobertura alternativa al RETA con aquellas mutualidades que cumplan la normativa, para ello, el Colegio ha conseguido un acuerdo con Mutual Médica, la única entidad que dispone de la autorización administrativa para articular esta opción, para ofrecer a sus colegiados un revolucionario producto de previsión social llamado MEL (Médico de Ejercicio Libre).

Charlas informativas en la sede colegial

Además de proporcionar y transmitir toda la información relativa a esta nueva resolución a través de sus medios de comunicación habituales y de proporcionar asesoramiento personalizado a los colegiados, el Colegio realizó dos charlas informativas durante los pasados meses de octubre y noviembre donde, José Ramírez Felipe, Vicepresidente del Colegio, y los expertos de Mutual Médica dieron todas las claves necesarias a los colegiados que trabajan por cuenta propia, para acogerse a este nuevo producto MEL.

 

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Además de las dos charlas informativas, los colegiados interesados en acogerse al nuevo producto, tuvieron una entrevista personal con los expertos de Mutual Médica (foto, colegiado y exèrta de M.M.), la compañía que te ofrece la mutualidad con las mejores condiciones.

Alternativa al RETA

Los colegiados de Las Palmas que desarrollan su actividad profesional por cuenta propia ya tienen una alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Una resolución de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social publicada en el BOE del 13 de agosto, les autoriza a suscribir libre y voluntariamente la cobertura alternativa al RETA con aquellas mutualidades que cumplan la normativa.

El Colegio ha conseguido un acuerdo con Mutual Médica, la única entidad que dispone de la autorización administrativa para articular esta opción, para ofrecer a sus colegiados un revolucionario producto de previsión social llamado MEL (Médico de Ejercicio Libre). + Info...

Hasta ahora, la Ley establecía que los médicos que iniciaran su ejercicio privado con posterioridad a 1995 tendrían que cotizar al RETA o a la mutualidad profesional correspondiente a su colegio profesional. Sin embargo, sólo habían podido disfrutar de esta posibilidad los médicos de Cataluña, Baleares y Cantabria, ya que sus mutualidades eran las únicas que reunían las características establecidas por la Ley, aunque no podían operar fuera de sus ámbitos territoriales.

Ventajas del MEL

· Incapacidad laboral transitoria: El médico recibirá una doble cobertura. Por un lado, la correspondiente al Régimen General de la Seguridad Social (si es que estuviera inscrito a éste) y por otro, la del MEL.

· Jubilación: Del mismo modo, a la hora de la jubilación, el médico cobraría dos prestaciones, la de la Seguridad Social y la del MEL.

De manera genérica podemos decir que en el caso del MEL no hay concurrencia de prestaciones en todos los servicios contratados, es decir, las prestaciones son sumatorias. Así, independientemente de la cobertura ofrecida por el Régimen General de la Seguridad Social, podrá disfrutar de todos los seguros contemplados en el MEL.

 

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Posibilidades de cotización para los médicos

· Médicos por cuenta ajena y propia

Los médicos que iniciaron su actividad privada con posterioridad a noviembre de 1995 y que coticen en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena y, además, al RETA, podrán cotizar a la mutualidad previa solicitud de baja al RETA. Así, al finalizar su periodo laboral, podrán percibir la pensión derivada de su cotización al Régimen General y la que les corresponda de su mutualidad.

 

 

El dinero aportado en el RETA no puede ser recuperado y no genera derecho a pensión de jubilación, a excepción de los casos en los que la cotización al Régimen General no se realice al máximo, en cuyo caso sería complementaria hasta la cifra que se considere más alta a la fecha de jubilación.

· Médicos exclusivamente por cuenta propia

Los médicos que coticen exclusivamente en el RETA podrán escoger entre seguir cotizando en este modelo o pertenecer a una mutualidad médica.

· Inicio de actividad por cuenta propia

Los que deseen iniciar su actividad privada a partir de este momento podrán escoger igualmente su lugar de cotización.

Plazos de inscripción
  • Si inicias la actividad por cuenta propia: 30 días desde la fecha de alta.
  • Si ya trabajas por cuenta propia (post 95): hasta el 23 de enero de 2008 para solicitar su inclusión en la correspondiente mutualidad.

 

Recuerda que...
  • Si trabajas por cuenta propia es obligatorio pagar el RETA
  • Si además de por cuenta propia, trabajas para la Sanidad Pública, no te exime de pagarlo, además de pagar el RGSS, debes pagar también el RETA
  • Ahora tienes una alternativa al RETA, denominada MEL (Médico de Ejercicio Libre)

 

Procedimiento de alta en el MEL
  • A través de la web colegial. Si te es imposible acceder a Internet, acércate a la sede colegial y te lo gestionaremos por la Web.
  • Para darte de baja en el RETA, debes presentar el certificado de alta en el MEL en la sede colegial. El Colegio lo presentará en la Tesorería General de la Seguridad Social (C/ Pérez del Toro, 89).
  • El Certificado de Alta se obtiene directamente de la web, una vez cumplimentado el formulario de alta online.
  • Más información sobre el RETA, sobre el MEL, sobre Mutual Médica, preguntas más frecuentes, etc...

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